Más de 33 mil choferes del concho que tienen de 65 años de edad en adelante no podrán laborar como conductores del transporte de pasajeros ni de cargas, cuando entre en vigencia la aplicación de la Ley 63-17, afirmó este jueves la Cámara Nacional de Transporte Terrestre, (CANTT).
El doctor Pedro Guillermo Estévez Estrella, director ejecutivo de la entidad, aunque saludó la entrada en vigencia de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, indicó que esta causará un problema social al dejar en el aire esos trabajadores del volante.
“La CANTT solicita al presidente Danilo Medina elaborar una propuesta que le permita a la Ley 63-17 ser el antes y después en los términos de dignificación y progreso para los trabajadores del transporte, produciendo una pensión justa en ese sector”, declaró Estévez Estrella en rueda de prensa celebrada en el Hotel Barceló, junto a otros miembros de la entidad.
Expuso que una investigación que realizó la CANTT, arrojó que en los últimos dos años, las condiciones labores en que operan esos trabajadores establece que trabajan entre 12 y 14 horas al día con un promedio de 30 mil pesos.
Agregó que “en cuanto a la edad, el 53 por ciento supera los 60 años y el 42% los 65; el 83% no cuenta con riesgos laborales ni plan de retiro ni servicios de salud, y el 81 por ciento recibe esos servicios a través de los programas de ayudas a oficiales o por familiares.
Un apunte:
Reglamentos del Intrant
La nueva ley 63-17 que regulará el tránsito terrestre en el país entraría en vigencia desde este sábado, según ha asegurado las autoridades, pero faltan por elaborar 44 reglamentos de aplicación a la normativa. También el presidente Danilo Medina, aunque promulgó la normativa en febrero pasado, tampoco a designado el director ejecutivo del Intrant. La ley 63-17 según señaló el ministro de la Presidencia Gustavo Montalvo, entrará en vigencia plena en diciembre próximo.
Consideró que las autoridades del Intrant en término humano deberán solucionar en las circunstancias que ameritan, tomando en cuenta los límites que la Ley 63-17 establezca, sobre el mal social que causará a los choferes con edades superior a los 60 años.
Refirió que el artículo 101, numeral dos, fija que “el conductor debe contar con un mínimo de 21 años de edad y un máximo de 65 años”.
Sintetizó Estévez Estrella que esa enunciación de la ley desnuda una de las problemásticas que generan más desigualdad e indignación en los términos sociales, humanos y laborales, ya que los trabajadores denominado carros de concho en más del 83 por ciento no cuenta con un plan de retiro que le permita una entrada económica por concepto de pensión y jubilación..