SANTO DOMINGO. El anteproyecto de reforma a la Ley de Contrataciones Públicas prevé un aumento de las sanciones penales a los funcionarios que incidan directa o indirectamente en las compras estatales y también a los particulares que afecten los procesos.
En el borrador, que reposa en la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, se indica que las violaciones a la ley conllevarán sanciones penales que oscilarán entre los cinco y los 20 años de prisión mayor. Si un servidor público en el ejercicio de sus funciones interviene “directa o indirectamente en la tramitación, aprobación o celebración de un contrato” con personas que no están habilitadas para contratar con el Estado, ese funcionario enfrentará un castigo de cinco a 10 años de prisión y multa de 300 a 600 salarios mínimos del sector público, así como su inhabilitación inmediata.
El otro extremo de las sanciones apunta a aquellos particulares que prometan comisiones, dádivas o cualquier otra ventaja para lograr que el funcionario ejecute o se abstenga a favor de esa persona. En ese caso la prisión puede ser de 10 a 20 años y las multas millonarias.
La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUSa) mostró su apoyo a ese proyecto que, además, aclara términos y distingue los tipos de contratos, los procesos de selección, define los distintos estados de excepción y estructura un régimen de inhabilidades e incompatibilidades para la contratación pública. En este sentido, FINJUS celebra que se excluya de los procesos a quienes hayan sido condenados, en cualquier momento, por delitos contra la administración pública o que afecten el patrimonio del Estado.
Además, el borrador legal define reglas especiales para las micro, pequeñas y medianas empresas como reservar un 30% de las partidas designadas para compras y contrataciones para este tipo de establecimientos. También tendrán prioridad en el pago de las facturas: en un plazo no mayor a 45 días desde la entrega de la factura.
FINJUS también destacó la creación de unidades y comités permanentes en los entes del Estado sometidos a la ley y comisiones de veeduría ciudadana.
El proyecto establece que la ley se aplicaría 18 meses después de promulgarse.
Sin fraccionamientos
No se permitirá “el fraccionamiento de las adquisiciones de bienes, obras o servicios, cuando éste tenga por objeto eludir los procedimientos de selección que le corresponderían a una determinada contratación acorde con lo previsto en la presente ley”.
Prohibición a consorcios
“Las personas naturales o jurídicas que formasen parte de un conjunto no podrán presentar otras ofertas individuales o como otro conjunto, siempre que se trate del mismo objeto de la contratación”.
Compra directa
Aplicarán en un estado de excepción o de emergencia nacional decretados, entre otros.