SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional declaró conforme con la Constitución la nueva Ley de la Policía Nacional al pronunciarse contra dos instancias de inconstitucionalidad presentadas por el Colegio de Abogados de la República Dominicana.
El Constitucional declaró inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad por el Colegio de Abogados en lo que respecta a los artículos 40, 41, 62, 69, 83, 103 al 139, 141 y 153, numerales 2, 4, 20, 24, 25 y 26, de la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional.
Estos artículos tienen que ver con la formación de comisiones independientes integradas por personas sin vinculación con la entidad para investigar casos que involucren a agentes de la institución, con el personal técnico y de apoyo administrativo, la prohibición de reintegro de agentes separados de la institución por cometer faltas, los ascensos, el retiro, transparencia en contrataciones, rendición de cuentas y las faltas muy graves.
En tanto que rechazó declarar inconstitucionales los artículos 58 y 153 numeral 27 por motivos que se expondrá en la sentencia íntegra.
El presidente del CARD, Miguel Surun Hernández, sometió la instancia aludiendo a que la Ley de Reforma Policial atenta contra los derechos laborales de los agentes policiales y criminaliza el ejercicio de la profesión del Derecho para los miembros de la Policía Nacional, que actualmente suman unos ocho mil en todo el país.
Denunció que la ley ha tornado casi imposible el sistema de ascensos, el cual continuará a merced del tráfico de influencias, con muy poca o ninguna incidencia del mérito.