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El Gobierno advierte a dueños de clínicas que medida viola Constitución

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SANTO DOMINGO. Los sectores que intervienen en el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) analizan los aspectos jurídicos y los que tienen que ver con los procedimientos establecidos en las leyes de Salud y 87-01 que servirían de base para sancionar a las clínicas privadas que exigen exclusividad a sus pacientes para practicarse estudios diagnósticos.

Mientras tanto, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (ProCompetencia) advirtió a la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (Andeclip) sobre una posible violación a la Ley 42-08 que crea la entidad.

La entidad planteó que la medida conlleva la apertura de procesos sancionadores administrativos de conformidad con esa ley, con sanciones que oscilan entre los 200 y los 3000 salarios mínimos.

En ese orden, los sectores que representan la Salud Pública y el SDSS coinciden en que es inconstitucional, violatoria a la Ley de Seguridad Social, en el aspecto al derecho a la libre elección que tienen los afiliados, la decisión de las 116 clínicas que conforman la Andeclip, de exigirle a los pacientes que requieran cirugías y otras intervenciones hacerse los estudios diagnósticos en los centros donde estén ingresados.

La ministra de Salud Pública, el titular de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), la incumbente de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) y el presidente del Colegio Médico Dominicano (CMD) coincidieron en que la medida no es prudente.

Altagracia Guzmán Marcelino invitó al presidente de Andeclip, Rafael Mena, a revisar la decisión, porque no debe darse el lujo de irse al extremo de la inconstitucionalidad.

De su lado, Waldo Ariel Suero, presidente del CMD, dijo que es totalmente ilegal y que encarecería el ejercicio privado de la medicina, porque un paciente no podrá practicarse varios estudios en lugares más económicos.

Mientras tanto, el titular de la Sisalril, Pedro Luis Castellanos, solicitó al presidente de Andeclip, Rafael Mena, suspender la aplicación de la decisión y lo convocó a una reunión para este martes, a fin de discutir el tema.

Nélsida Marmolejos, incumbente de la DIDA, dijo que las clínicas privadas violan el artículo 50 de la Constitución y el principio de la libre elección consagrado en los artículos 3 y 4 de la Ley 87-01.

“La posición de Andeclip imita la decisión de otros Prestadores de Servicios de Salud (PSS), como lo hace la Plaza de la Salud”, comentó Marmolejos.

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